¿Ha pasado el 1 de julio de 2026 y aún no estás inscrito en el REGFER?

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Desde GPISoft te aclaramos que aunque el periodo transitorio ha finalizado.

El registro sigue admitiendo solicitudes. Sin embargo, desde esa fecha la inscripción es un requisito obligatorio para poder ejercer la actividad, por lo que conviene regularizar la situación cuanto antes.

Desde el 1 de julio de 2026, la inscripción en el Registro General de Fabricantes y Otros Agentes Económicos de Productos Fertilizantes (REGFER) es un requisito obligatorio para todos aquellos operadores que desarrollan actividades incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1051/2022.

No.

Aunque el 1 de julio de 2026 marcó el final del período transitorio establecido por la normativa, el REGFER continúa admitiendo solicitudes de inscripción.

Si tu empresa realiza alguna de las actividades para las que la inscripción es obligatoria (fabricación, importación, exportación, distribución o cualquier otra incluida en la normativa), debería estar inscrita en el REGFER para poder ejercer legalmente dicha actividad.

Si la autoridad competente comprueba que una empresa desarrolla una actividad para la que la inscripción es obligatoria sin estar registrada en el REGFER, puede iniciar las actuaciones administrativas correspondientes y, en su caso, un procedimiento sancionador conforme a la legislación aplicable.

Por este motivo, es recomendable no retrasar la inscripción y regularizar la situación lo antes posible.

¿Todavía puedo presentar la solicitud?

Sí.

El registro continúa abierto para la presentación de nuevas solicitudes.

¿Y si ya he presentado la solicitud?

  • En caso de que detectes algún error (productos seleccionados, actividades declaradas, datos de la empresa, representante, etc.), normalmente podrás corregirlo mediante la correspondiente actualización de datos.

Errores frecuentes durante la inscripción

Algunos de los errores más habituales son:

La mayoría de estos errores pueden corregirse posteriormente mediante una actualización de datos.

¿Cómo puedo evitar errores en la gestión del REGFER?

De esta forma se reduce el riesgo de errores administrativos y se simplifica el cumplimiento de las obligaciones legales.

Puedes responder a nuestro formulario de contacto o llamarnos directamente al 968 190 190 y concertamos una demostración adaptada a las necesidades de tu empresa.

Si aún no conoces GPISoft Fitosanitario, puedes informarte y solicitar una demostración gratuita y sin compromiso, donde podrás comprobar al detalle cómo funciona nuestro software, estaremos encantados de atenderte.

El REGFER (Registro General de Fabricantes y Otros Agentes Económicos de Productos Fertilizantes) es el registro obligatorio para fabricantes, distribuidores, importadores, exportadores y otros operadores que comercializan productos fertilizantes en España.

Deben inscribirse todas las personas físicas o jurídicas que fabriquen, importen, exporten, distribuyan o pongan en el mercado productos fertilizantes incluidos dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 1051/2022.

Sí. La inscripción es obligatoria para poder desarrollar las actividades sujetas al REGFER.

El periodo transitorio finalizó el 1 de julio de 2026.

Sí. El registro sigue admitiendo solicitudes de inscripción. Sin embargo, desde el 1 de julio de 2026 la inscripción es un requisito obligatorio para ejercer la actividad.

Sí, cuando desarrollen actividades incluidas dentro del ámbito del REGFER.

No necesariamente. Solo cuando desarrollen alguna de las actividades sujetas al registro.

Si comercializan fertilizantes o realizan actividades incluidas en el RD, sí.

Entre otros:

  • Fertilizantes inorgánicos.
  • Fertilizantes orgánicos.
  • Organominerales.
  • Enmiendas.
  • Bioestimulantes.
  • Inhibidores.

Sí, si forman parte de la actividad desarrollada.

Sí. Debe presentarse una actualización de datos.

La inscripción se realiza electrónicamente mediante la sede electrónica de la comunidad autónoma correspondiente.

Dependerá del tipo de operador, aunque normalmente será necesario:

Certificado digital.

Datos de la empresa.

Actividades desarrolladas.

Productos comercializados.

Datos del asesor cuando corresponda.

Lo recomendable es utilizar el certificado digital de la empresa o de un representante autorizado.

Sí, siempre que el titular tenga capacidad suficiente para representar legalmente a la empresa.

Depende de cada comunidad autónoma y de la carga administrativa existente.

Los errores pueden corregirse mediante una actualización de datos.

Presentando una comunicación de actualización.

No, aunque sí deben mantenerse actualizados los datos.

Nuestro ERP automatiza la gestión documental y administrativa relacionada con el REGFER, evitando errores y facilitando el cumplimiento normativo.

Actualización de datos.

Comunicación de modificaciones.

Gestión documental.

Trazabilidad

Registro de operaciones.

Sí. Automatiza gran parte de la información necesaria y evita duplicidades y errores de cumplimentación.

Si desarrollas una actividad obligada y no estás inscrito, podrías incumplir la normativa vigente.

Analizando las actividades que realiza tu empresa y los productos que comercializa.

Sí. Realizamos demostraciones sin compromiso para mostrar cómo automatizar toda la gestión relacionada con el REGFER.