Fechas del CUE o Cuaderno Digital SIEX

En GPISoft, te explicamos las fechas de entrada en vigor del CUE o Cuaderno Digital SIEX

Fechas de implementación del CUE o Cuaderno Digital SIEX

Esta normativa se aplicará en todo el territorio nacional incluido en el territorio aduanero de la Unión Europea, con excepciones de la PAC «Política Agrícola Común», en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Está formada por dos líneas, una nacional donde se encuentra la administración central del SIEX, y otra autonómica compuesta por una parte de los Registros de Explotaciones Autonómicas (REAs) y por los Cuadernos Digitales de Explotación (CUEs).

27/12/2022

Publicación del Real Decreto que regula el SIEX, el cuaderno digital y los registros autonómicos.

31/01/2023

Se espera que se publique una resolución de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación que complementa la información del Real Decreto. Esta información sería necesaria para el desarrollo de los cuadernos comerciales y los cuadernos autonómicos.

31/01/2023

Los cuadernos comerciales y las CCAA tendrán el mismo plazo para el desarrollo de sus respectivos cuadernos.

De abril a junio de 2023

Los usuarios de cuadernos comerciales podrán realizar pruebas con un entorno de integración único, independiente de los 17 Registros Autonómicos o REA.

01/07/2023

Se espera que entre en vigor el RD, y es obligatorio para el agricultor mantener actualizado su registro, es decir, mantener actualizados sus datos. Casi toda la información ya estará precargada, solo tendrán que revisar que está todo correcto y quizá rellenar alguna información que falte. Además, las CC.AA tienen la obligación de tener listo el cuaderno, para que los agricultores puedan acceder y cumplimentarlo voluntariamente.

01/07/2023

El agricultor tiene su cuaderno digital a disposición por parte de las CC.AA, tiene derecho a entrar y crear su cuaderno, sin obligación de cumplimentarlo.

01/09/23

Determinados agricultores tienen la obligación de cumplimentar el cuaderno digital. Solo para aquellos agricultores que tengan más de 30 hectáreas de tierras de cultivo, 30 hectáreas de pastos permanentes, 10 de cultivos permanentes o a su vez que tengan al menos 5 hectáreas en regadío o que tengan superficie de invernadero. El resto no tienen la obligación de cumplimentarlo, pero si tienen acceso.
Fechas disponibles

01/01/24

Resto de explotaciones Grandes. RESTO DE INFORMACIÓN CUE.
Fechas disponibles

01/09/24

Resto de explotaciones pequeñas. Deberán consignar en el CUE únicamente: CONTENIDO PAC.
Fechas disponibles

01/01/25

Resto de explotaciones Pequeñas. RESTO DE INFORMACIÓN CUE.
Fechas disponibles
  • 30 hectáreas de tierra de cultivo.
  • 30 hectáreas de pastos permanentes.
  • 10 hectáreas de cultivos permanentes.

1 de septiembre de 2023

Esta fecha coincide con el comienzo de la campaña agrícola de la PAC 2024. A partir de esa fecha, el titular de explotación solo deberá anotar en el cuaderno digital la información exigida para las ayudas de la PAC, y únicamente la relativa a la campaña 2024. Así, solo tendrá que realizar las
anotaciones de los siguientes ecorregímenes, en caso de que los solicite:

  • Tierras de cultivo de regadío: Rotación con cultivos mejorantes/Siembra directa (anotar las aplicaciones de fertilización).
  • Cultivos leñosos: Cubiertas vegetales/inertes.
    • Para ambas cubiertas: anotar la fecha de establecimiento, anchura de la cubierta y la anchura libre de la proyección de copa.
    • Para cubiertas vegetales: anotar el tipo de mantenimiento que realiza sobre la cubierta.

1 de enero de 2024

A partir de esa fecha, deberá cumplimentar el resto de información establecida en la normativa:

  • Tratamientos fitosanitarios.
  • Resto de información exigida para las ayudas de la PAC.
  • Aplicación de fertilizantes (incluyendo fertirrigación).

El resto de las explotaciones, que no sean las mencionadas anteriormente.

1 de septiembre de 2024

Esta fecha coincide con el comienzo de la campaña agrícola de la PAC 2025. A partir de esa fecha, el titular de explotación solo deberá anotar en el cuaderno digital la información exigida para las ayudas de la PAC, y únicamente la relativa a la campaña 2025. Así, solo tendrá que realizar las anotaciones de los siguientes ecorregímenes en caso de que los solicite:

  • Tierras de cultivo de regadío: Rotación con cultivos mejorantes/Siembra directa (anotar las aplicaciones de fertilización).
  • Cultivos leñosos: Cubiertas vegetales/inertes.
    • Para ambas cubiertas: anotar la fecha de establecimiento, anchura de la cubierta y la anchura libre de la proyección de copa.
    • Para cubiertas vegetales: anotar el tipo de mantenimiento que realiza sobre la cubierta.

1 de enero de 2025

A partir de esa fecha, deberá cumplimentar el resto de información establecida en la normativa:

  • Tratamientos fitosanitarios.
  • Resto de información exigida para las ayudas de la PAC.
  • Aplicación de fertilizantes (incluyendo fertirrigación).