La implementación del SIEX va a permitir la simplificación de los trámites que deben cumplir agricultores y ganaderos y una gestión más eficiente de las explotaciones y de la PAC

Contenido mínimo REA CUE

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado en el BOE la Orden APA/204/2023 dónde se regula el contenido mínimo REA CUE

Por la que se establece y regula el contenido mínimo del Registro autonómico de explotaciones agrícolas (REA) y del Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE), así como la cronología de la incorporación de fuentes de información en el Sistema de Información de Explotaciones Agrarias (SIEX).

Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el 1 de julio de 2023.

Con el fin de facilitar a los agricultores y ganaderos un adecuado conocimiento de estas herramientas, de manera previa a su puesta en marcha, se ha fijado en el 1 de julio de 2023 la entrada en vigor del REA.

De manera que la fecha de inicio para la cumplimentación del CUE variará en función de criterios como la dimensión de la explotación

Existencia de regadío o de parcelas de invernadero, de tal forma que para las explotaciones de mayor dimensión la entrada en vigor de este cuaderno será el 1 de septiembre de 2023, y para el resto, el 1 de julio de 2024.

¿Cuál es el contenido mínimo del Registro autonómico de explotaciones agrícolas (REA) y del Cuaderno digital de explotación agrícola (CUE)?

También debe incluir los datos de superficies y de cultivos (identificación del producto, variedad, especie o tipo, la actividad agraria y las fechas de inicio y fin de cultivo

Excepto para los viveros productores de material vegetal de reproducción), y se proporcionarán datos adicionales de cultivos como, el material vegetal de reproducción empleado, la certificación producción ecológica, producción integrada u otro régimen de calidad. En el caso de cultivos leñosos, se registrará el marco de plantación y el año de plantación

En este caso se pedirá la información sobre los tratamientos fitosanitarios

(Producto fitosanitario empleado con su nombre comercial, materia activa o formulado, número de registro, dosis y unidad empleada), las medidas preventivas o culturales practicadas en la explotación, además de la valoración del cumplimiento de la gestión integrada de plagas.  Si se realizan tratamientos fitosanitarios poscosecha, se indicará la fecha de actuación y la problemática fitosanitaria junto a la justificación de la actuación. 

¿Cuándo se integrarán los datos en el SIEX?

La orden establece que a lo largo de este año se incorporará la información procedente del Registro electrónico de transacciones y operaciones con productos fitosanitarios (RETO)

El Registro oficial de productores y operadores de medios de defensa fitosanitaria (ROPO), los Registros Oficiales de Maquinaria Agrícola de las comunidades autónomas (ROMA), el Registro de Inspecciones Obligatorias en los Equipos de Aplicaciones de Productos Fitosanitarios (REGITEAF)

Y Registro de Aeronaves e Instalaciones Permanentes de Aplicación de Productos Fitosanitarios (REGANIP), el Registro Nacional de Organizaciones de Productores y de Asociaciones de Organizaciones de Productores, los datos de la solicitud única de ayudas de la PAC, los datos relativos a pagos de los fondos europeos agrícolas, FEAGA y FEADER, y del Sistema de Gestión de Subvenciones de los Seguros Agrarios (SGSSA).

En GPISoft somos especialistas en el sector agrario, tenemos adaptados nuestros sistemas para comunicar automáticamente los datos al SIEX.

Nuestro compromiso es tener lista la integración con antelación suficiente para la formación y la realización de pruebas por parte de los usuarios.